Recurrir multas de tráfico, pasos y recomendaciones

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Ya sea porque hay un error (el menor de los casos), por intentar “colársela” a la administración a ver si hay suerte, o porque en los últimos años los agentes de seguridad se han puesto mucho más rígidos a la hora de sancionar y los ciudadanos están “hartos” de pagar; pero el hecho es que cada vez más personas deciden recurrir multas de tráfico.

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Las cifras no engañan: en 2012 el 52% de los conductores que fueron sancionados optó por el recurso. Las opciones de no abonar el importe de la multa son bastante utópicas, sin embargo, no se pierde nada (salvo tiempo) por recurrir multas de tráfico.

Hay dos aspectos clave que debemos tener en cuenta. En primer lugar, si queremos presentar un recurso no debemos pagar la multa. Si nos sancionan con el coche en marcha (habitualmente por velocidad) nos ofrecerán el descuento por pronto pago. Al aceptarlo perderemos las opciones de recurrir.

El otro punto importante es que no podremos recurrir multas de tráfico hasta que no recibamos la notificación definitiva de ésta. Es decir, mientras no tengas en tu poder el papel que ratifica la infracción no hagas nada. No suele ocurrir, pero no sería la primera vez que una sanción de circulación se traspapela y nunca llega. Por si acaso somos nosotros los afortunados, no cometamos el error de recordárselo a la Dirección General de Tráfico (DGT).

Consejos para recurrir multas de tráfico

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Ya que estamos decididos a formular alegaciones, trataremos de buscar una buena razón. Para ello tenemos que analizar, letra por letra, la notificación en busca del más mínimo error que pueda darnos un hilo de esperanza. El nombre, D. N. I., matrícula, modelo exacto del vehículo, color, etc.

Tenemos 20 días naturales, desde la notificación, para presentar un recurso a una multa de circulación y las que más habitualmente se recurren son las de velocidad o aparcamiento.

En el primer caso las alegaciones deben orientarse a solicitar las pruebas de la infracción. Habitualmente nos enviarán directamente la fotografía, en ese caso, las opciones se reducirían a que el radar en cuestión no funcionara bien. Tenemos derecho a solicitar una prueba al respecto.

De igual forma podemos recurrir multas de tráfico por aparcamientos ilegales. El sistema es el mismo que antes: deberemos pedir la prueba. Los recursos a las sanciones por pasar un semáforo en rojo también abundan. Solicitamos la fotografía y nos aseguramos de que la matrícula sea absolutamente visible  y de que el semáforo no esté en ámbar.

Para recurrir multas de tráfico no es necesario que nos orienten profesionales, aunque, si lo hacen, como es obvio, tendremos más opciones. Podemos descargarnos fácilmente en Internet el pliego de descargo. Su cumplimentación es realmente simple.

Foto: Secretaría de Movilidad de Medellín

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